Sábado, 24 de Marzo de 2018, a las 10:03

Campus de verano 2018 en Los Corrales de Buelna

1.- OBJETO: Las presentes bases tienen por objeto regular la autorización de acceso y uso a las Instalaciones Deportivas Municipales de Los Corrales de Buelna, para la realización de “Campus deportivos” durante el verano 2018 para fomentar el ocio, la educación, la integración y el deporte en los niños.

 

2.- DESTINATARIOS: Podrán solicitar Campus deportivos todas las entidades legalmente reconocidas que cuenten con capacidad suficiente, medios humanos, técnicos y materiales suficientes para el desarrollo de los proyectos presentados.

 

3.- OFERTA DE CENTROS DEPORTIVOS: Las Entidades deportivas podrán solicitar cualquiera de las Instalaciones Deportivas gestionadas por el Ayuntamiento de Los Corrales de Buelna. Estas podrán ser:

PISTAS DE ATLETISMO

COMPLEJO DEPORTIVO LUIS ANDRÉS SAMPERIO SAÑUDO

CAMPOS DE FÚTBOL “UCO IGLESIAS”

COMPLEJO DEPORTIVO LUIS ANDRÉS SAMPERIO SAÑUDO

CAMPOS DE FÚTBOL “FORJAS DE BUELNA”

COMPLEJO DEPORTIVO LUIS ANDRÉS SAMPERIO SAÑUDO

PISTAS DE PADEL

COMPLEJO DEPORTIVO LUIS ANDRÉS SAMPERIO SAÑUDO

PISTAS DE TENIS

COMPLEJO DEPORTIVO LUIS ANDRÉS SAMPERIO SAÑUDO

PISTA DE FRONTÓN

COMPLEJO DEPORTIVO LUIS ANDRÉS SAMPERIO SAÑUDO

PABELLÓN MUNICIPAL

COMPLEJO DEPORTIVO LUIS ANDRÉS SAMPERIO SAÑUDO

PABELLÓN PEREDA

 COLEGIO PÚBLICO JOSE MARÍA PEREDA

BOLERAS MUNICIPALES

SAN MATEO, BARROS, COO,SOMAHOZ, LOS CORRALES

 

4.- PRECIOS. Los ingresos por las cuotas del Campus deportivo será integro para la Entidad organizadora.

 

5.- COLABORACIÓN. La colaboración municipal consistirá exclusivamente en la bonificación del 50% de las tasas en las Instalaciones acordadas.

 

6.-CUPOS MÁXIMOS DE INSCRITOS POR MODALIDAD DEPORTIVA. Dadas las características particulares de cada modalidad deportiva y en función de las limitaciones de capacidad e infraestructura de las instalaciones, el Ayuntamiento se reserva el derecho de establecer unos cupos máximos.

 

  1. - PROCEDIMIENTO

7-1 SOLICITUD. La petición del Campus se formulará mediante la presentación de solicitud en registro del Ayuntamiento en las formas previstas en el Art. 70 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.

7-2 DOCUMENTACIÓN. La documentación consistirá:

  1. a) Instancia-solicitud por entidad y grupo, que deberá estar suscrita por quien tenga la representación legal de la entidad solicitante.
  2. b) Síntesis del proyecto deportivo-educativo y programa de actividades a desarrollar dentro del recinto deportivo.
  3. c) Relación del organigrama de personal cualificado: Director (titulación nacional o una licenciatura) y Monitores titulados.

7-3 PLAZO. Las fechas para la realización de un Campus serán entre el 26 de Junio  y el 31 de Agosto del 2018 y la entrega de documentación será desde el 2 de abril hasta el 27 de abril de 2018.

7-4 CONCESIÓN Y RESOLUCIÓN. La valoración de las solicitudes e informe de las propuestas de Concesión será realizado por la Comisión Municipal de Deportes y Festejos.

7-5 RESOLUCIÓN. El órgano competente para resolver será la Alcaldía, quien dictará la resolución previo informe de la Comisión de Deporte y Festejos.

 

8.- CRITERIOS DE CONCESIÓN.

  • Prioridad a entidades, clubes o asociaciones del municipio que gestionan deporte base y    aparezcan en el Registro Municipal de Asociaciones.
  • Se valorará el proyecto presentado (entendiendo el Campus y la utilización de las Instalaciones deportivas municipales como “instrumentos educativos”) así como las menores cuotas establecidas.

DISPOSICIONES FINALES

 

9.-OBLIGACIONES. Los responsables directos del Campus serán los Clubes y Asociaciones deportivas, que deberán seguir las pautas, normas, ordenanzas e indicaciones que establezca el Ayuntamiento y deberán dar publicidad a la colaboración del Ayuntamiento.

 

10.- INCUMPLIMIENTOS. Si se dan situaciones, conductas y comportamientos de los participantes que alteren el ambiente del Campus, se procederá a la expulsión y anulación de la autorización de acceso y uso del Campus, según lo establecido en la Ordenanza Municipal de Instalaciones deportivas. Igualmente el Excmo. Ayuntamiento de Los Corrales de Buelna podrá inhabilitar a la Entidad a efectos de no poder volver a solicitar la organización de un Campus deportivo durante el tiempo que se determine.

 

11.- RESPONSABILIDAD. Las Entidades, Clubes o Asociaciones Deportivas con concesión del Campus asumirán cuantas responsabilidades de orden jurídico, penal, laboral, social y administrativo se originen en el transcurso de la actividad deportiva.

Asimismo deberán tener suscrito un seguro de responsabilidad civil y de accidentes de los participantes.

 

Concejalía de Deporte y Festejos

Los Corrales de Buelna

  de Marzo de 2.018